Una de las primeras cuestiones que se debe determinar a la hora de cobrar una deuda internacional es quiénes son los órganos judiciales competentes para resolver una eventual demanda. En general serán competentes los juzgados españoles cuando así lo determine una cláusula de un contrato o cuando el deudor tenga su domicilio en España.
Si nos cuenta su situación podemos determinar con precisión quién es el órgano competente y, por tanto, dónde debe presentarse su demanda. Somos abogados especialistas en el cobro de deudas internacionales y le representaremos en todo el procedimiento para recuperar la deuda.
Una de las ventajas de contar con nuestro despacho de abogados es que le ahorraremos todos los desplazamientos innecesarios. Además, podemos atenderle en español, inglés, francés y alemán, pues nuestros abogados especialistas en la reclamación de deudas tienen una amplia proyección internacional.
Reclamamos deudas internacionales siempre que la deuda sea superior a 50.000 €.
Gestionamos cobros de deudas internacionales por vía extrajudicial
Antes de llegar a los tribunales puede ser conveniente explorar la vía amistosa. Especialmente en el caso de empresas que todavía no han roto la relación comercial con sus clientes.
Por eso solemos intentar una solución extrajudicial previa a la presentación de la demanda. En Forcam Abogados contamos con un largo historial de éxitos en negociaciones que permiten a nuestros clientes recuperar la deuda, de modo que podríamos evitarle las molestias que acarrea un proceso judicial a la hora de reclamar su deuda desde el extranjero.
Presentamos su demanda para recuperar una deuda internacional
Pese a las diferencias entre los Ordenamientos Jurídicos de cada Estado, los procesos de reclamación tienden a ser semejantes. En el caso español, existen diferentes procedimientos de reclamación.
Determinar el procedimiento aplicable o el más oportuno requiere de cierta experiencia y conocimiento del asunto concreto. En nuestro caso, y si se trata de una deuda internacional, desaconsejamos la reclamación de deudas inferiores a 50.000 €, ya que podría resultar antieconómica.
Estando ante una deuda superior, y siempre que los tribunales españoles resulten competentes, podemos presentar su demanda en España. Este umbral nos permitirá acudir al juicio ordinario, lo que nos aporta más garantías y una mayor expectativa de éxito. En el caso de que la deuda se tubiera que reclamar a otro pais, le representariamos en el proceso de reclamación de deudas internacionales.
Podemos legalizar documentos extranjeros si son necesarios para reclamar la deuda, e incluso los podemos traducir al español. También podemos tramitar la fase ejecutiva si el deudor, una vez condenado al abono de la deuda, persiste en su impago.
En resumen, nos encargamos del procedimiento íntegro de reclamación de deudas internacionales. Numerosos casos de éxito avalan a Forcam Abogados como uno de los mejores despachos españoles en materia de reclamación de deudas internacionales.