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¿Cómo reclamar una deuda de forma rápida?
¿Qué es el procedimiento monitorio?
El Procedimiento Monitorio es un procedimiento judicial creado para la reclamación de deudas sin límite de cuantía. Se presenta como un instrumento ágil, rápido, sencillo y eficaz que comporta altos porcentajes de éxito en la reclamación del cobro de deudas de todo tipo.
Su utilización se ha ido generalizando en los últimos años hasta el punto de que es el procedimiento mas utilizado en el ámbito civil por Forcam Abogados para la recuperación de la deuda. Recomendamos este tipo de procedimiento para la reclamación de la deuda de forma rápida y efectiva
Desde el despacho lo consideramos como el procedimiento ideal para que profesionales y empresas puedan recuperar ágilmente el importe de las deudas pendientes de cobro. Se caracteriza por ser una vía rápida y ágil para la reclamación de deudas de carácter dinerario, ya que únicamente será necesaria la celebración de una vista o comparecencia ante el Juez si el deudor se opone a la reclamación presentada.
¿Es recomendable contar con un abogado especialista en la reclamación de deudas?
Para recuperar una deuda con éxito, ya sea mediante un procedimiento judicial, o mediante un procedimiento amistoso extrajudicial, es muy importante contar con abogados especialistas en la reclamación de deudas. En Forcam Abogados somos especialistas en la recuperación de deudas, de forma rápida y efectiva, al contar con abogados con experiencia en recuperar deudas muy elevadas, tanto de empresas como de particulares.
Contacte con nosotros y estudiaremos su caso, con el objetivo de recuperar todo el dinero que le deben. Recuperamos deudas de elevada cuantía a nivel nacional e internacional.
¿Qué pasa si el deudor no paga voluntariamente?
Si no es así, y el deudor no paga voluntariamente ni se opone dentro del plazo concedido al efecto, el procedimiento finaliza automáticamente mediante una resolución que permitirá al demandante acudir directamente a la ejecución forzosa, en la que podrán embargarse bienes suficientes del demandado hasta que se abone totalmente la deuda reclamada.
¿Puedo reclamar el pago por la vía amistosa?
Por supuesto que si, nuestra recomendación es que antes de iniciar un procedimiento monitorio, se inste una reclamación previa amistosa, para poder percibir el dinero lo antes posible de forma amistosa, i no cerrar nunca la posibilidad de encontrar puntos en común con la otra parte.
¿Qué características tiene el procedimiento monitorio?
De como debe ser la Deuda: En este tipo de procedimientos siempre se reclama una deuda dineraria, líquida, vencida y exigible. Es decir, que lo que se exige es dinero, cuyo plazo fijado para su pago haya finalizado y, además, debe ir acreditada con la documentación correspondiente. Punto este último sumamente importante para poder probar de la existencia de la deuda, así pues se recomienda que la deuda esté acreditada con facturas, albaranes, documentos notariales, justificantes de transferencia bancaria, etc.
Lo que se puede reclamar: Puede reclamarse cualquier importe, no habiendo límite alguno de reclamación.
El Juzgado competente: Será competente para conocer del procedimiento monitorio el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o residencia del deudor o el del lugar en que el deudor pueda ser hallado a efectos de requerimiento de pago”.
¿Cómo es el procedimiento judicial para reclamar el pago de la deuda?
El procedimiento se inicia con una reclamación previa, mediante un burofax para reclamar la deuda por la vía de la negociación. Este procedimiento previo es requisito indispensable para reclamar posteriormente la deuda por vía judicial.
En el caso que la vía de negociación no consiga un resultado satisfactorio, se sigue los trámites por la vía judicial, que empieza con una demanda dirigida al Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor. Si el deudor se opone, negando la existencia de la deuda, el procedimiento se archiva y la tramitación continúa según los cauces del procedimiento declarativo en función de la cuantía que se reclama. Posteriormente, y dependiendo de la cuantía de la deuda, habrá un primer juicio oral que servirá para presentar pruebas y llegar a un acuerdo en sede judicial, o bien se sustanciará directamente en un solo juicio. Podrá haber acuerdo entre las partes. En caso contrario, se dictará sentencia.
EJEMPLO PRÁCTICO
Una empresa vende a un cliente material valorado en 100.000 €. Dichos materiales están acreditados con distintas facturas. Pasados 3 meses, la empresa que ha comprado el material no paga lo que debe. Es en este momento cuando la empresa vendedora puede interponer procedimiento de reclamación judicial, con requerimiento previo de pago, que le permitirá agilizar los trámites ante el juzgado para el cobro de la deuda de forma rápida y efectiva.
Contacte con nosotros a través del número de teléfono 936 26 49 49, y nuestros abogados especialistas en reclamación de deudas estudiarán su caso concreto. Ofrecemos asistencia y asesoramiento legal en reclamación de deudas a nivel nacional e internacional. Además, contamos con oficinas en Barcelona, Madrid y Reus.