Convenio Regulador de divorcio. ¿Qué tipo de acuerdos existen?

Siempre es preferible un procedimiento de mutuo acuerdo a uno contencioso.
Pero cuando me divorcio de mutuo acuerdo deberé procurar que en el convenio regulador, que no es más que el documento donde se recogen los pactos a los que llegamos las partes, se contengan acuerdos que si en un futuro no se cumplen de forma voluntaria por el otro sean ejecutables judicialmente y no queden en papel mojado. Es decir, que podamos acudir al juzgado y que allí el Juez, con un procedimiento relativamente simple, pueda obligar al otro al cumplimiento de lo pactado. Sino de nada nos servirá lo acordado.
Deben ser pactos que recojan obligaciones concretas, claras y específicas. Un ejemplo nos servirá. Resulta totalmente inefectiva la muy utilizada fórmula del tipo:
“los objetos y muebles de la vivienda familiar se repartirán al 50% entre ambos consortes.”
Ahí no se está determinando una concreta obligación de entrega de nada. Por lo tanto, si el otro no cumple en darme lo que yo quiero, aunque los dos sepamos lo que es, no podré pedirle al Juez que le obligue a cumplir lo que se ajusta a mis intereses. Por lo que será necesario esclarecer con exactitud el contenido del convenio, para regular este tipo de pacto de la mejor forma posible.
Contacte con nosotros, y nuestros abogados especialistas en derecho de familia estudiaran su caso concreto.
En Forcam Abogados disponemos de oficinas en Barcelona, Tarragona, Reus y Tárrega.