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El despido de trabajadores puede ser procedente o improcedente

El despido de trabajadores puede ser procedente o improcedente

El despido es una de las peores situaciones que se puede encontrar una persona a lo largo de su vida, tanto por las consecuencias económicas, como por las consecuencias psicológicas que este conflicto produce en la persona.

El despido es una decisión unilateral tomada por el empleador o jefe de la empresa, de extinguir el contrato con el/la trabajador/a de forma prematura. Tal como establece la legislación laboral, y con esta el Estatuto de los Trabajadores, hay diferentes tipos de despido, tanto PROCEDENTES como IMPROCEDENTES, y cada uno debe cumplir unos requisitos formales, así como determinados plazos legales.

Un despido PROCEDENTE puede estar motivado por varias causas distintas, dentro de lo regulado por la legislación laboral. En líneas generales, se pueden clasificar en:

· Despido disciplinario: Es aquel que implica una conducta inadecuada del empleado en su puesto de trabajo, que perjudique a la empresa de manera clara y directa. Como ejemplos, serian las faltas de asistencia o impunidad repetidas, la desobediencia en el trabajo, el abuso de confianza, la falta de rendimiento continuada, la embriaguez o toxicomanía que afecte al trabajo, etc.

·Despido objetivo: son despidos completamente regulados por ley y que se producen en circunstancias concretas, como causas económicas, técnicas o de producción.

·Despidos colectivos: en este caso, no es un solo empleado quien pone fin su relación laboral con la empresa, sino una cantidad elevada de ellos, en porcentajes regulados legalmente. Son los llamados Expedientes de Regulación de Empleo de Extinción (ERE).

¿Pero cuando se considera que un despido es IMPROCEDENTE?

Un despido disciplinario o despido objetivo, tal como se han definido en el apartado anterior, puede declararse improcedente o nulo. Esto es así debido a que no se demuestra que el empleado haya cometido ninguna de las faltas graves que lo justifiquen o por no cumplirse las condiciones objetivas de despido. Por lo que si no se justifica de forma correcta el despido por parte de la empresa, este deberá ser considerado improcedente.

Una vez declarado el despido como improcedente, en este caso, las consecuencias pueden ser distintas:

  1. Readmisión del trabajador.
  2. Indemnización del trabajador de acuerdo a lo estipulado por la ley.

En este caso, si el/la trabajador/a ha sido despido/a por parte del empresario este deberá cumplir todos los requisitos formales: es decir, el empresario le deberá entregar la correspondiente carta de despido y finiquito por escrito.

Si el/la trabajador/a no está de acuerdo con el despido, tendrá derecho a impugnarlo judicialmente antes de 20 días hábiles.

Por lo que recomendamos al TRABAJADOR/A que tan pronto se produzca el DESPIDO se acuda inmediatamente a UN/A ABOGADO/A para actuar lo más pronto posible, de lo contrario las consecuencias pueden ser irreparables.

Contacte con nosotros, y nuestros abogados especialistas en derecho laboral estudiaran su caso concreto. 

En Forcam Abogados disponemos de oficinas en Barcelona, TarragonaReus Tárrega.