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¿El trabajador puede abandonar su puesto de trabajo?

Laboral
¿El trabajador puede abandonar su puesto de trabajo?

¿El trabajador puede abandonar su puesto de trabajo? ¿Lo puede hacer sin comunicarlo a la empresa? ¿Qué consecuencias tiene? 

¿El trabajador puede abandonar su puesto de trabajo?

La respuesta es afirmativa, tal y como comentan nuestros abogados laboralistas el trabajador puede abandonar el puesto de trabajo y con ello extinguir voluntariamente el contrato de trabajo. Para hacerlo tiene dos opciones:

  • Mediante dimisión de su puesto de trabajo: para hacerlo correctamente deberá comunicarlo con el plazo de preaviso que señale su convenio colectivo o la costumbre del lugar.
  • Mediante el abandono del puesto de trabajo: es una dimisión tácita, es decir, el trabajador no comunica formalmente que quiere irse de la empresa, sino que se sobreentiende por su comportamiento.

Sea como sea, de una forma o otra, el trabajador tiene la obligación de comunicar a la empresa con el preaviso que indique el convenio colectivo, o en su defecto lo que sea la costumbre del lugar, entendiendo como tal normalmente 15 días. Así lo establece el artículo 49 apartado d) del Estatuto de los trabajadores:

“Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar”.

¿Como saber si nos encontramos ante una situación de abandono de puesto de trabajo o dimisión del puesto de trabajo?

El Tribunal Supremo se ha encargado de establecer unos criterios:

  • En cuanto a la dimisión del trabajador, la jurisprudencia establece que no es preciso que se ajuste a una declaración de voluntad formal, bastando que “la conducta seguida por el mismo manifieste de modo indiscutido su opción por la ruptura o extinción de la relación laboral”.

Así pues, puede haber voluntad tácita de abandonar la empresa si por ejemplo el trabajador recoge todas sus pertenencias de la empresa y se va sin mediar palabras tras haberse producido una discusión fuerte con su jefe.

Por lo tanto, para que se de la dimisión del puesto de trabajo, se requiere que la voluntad del trabajador sea clara, concreta, consciente, firme, terminante, etc. La manifestación de estas conductas será interpretativa y en todo caso se harán por hechos concluyentes, de forma que no haya duda sobre la voluntad del trabajador de irse del trabajo.

  • En cuanto al abandono del puesto de trabajo, pueden darse diferentes escenarios, así pues, puede ser una simpe falta de asistencia al trabajo, como puede ser una voluntad real de abandonar el puesto de trabajo de forma permanente. Por eso no podemos hablar de cuántos días de ausencia se considera abandono del puesto de trabajo de forma genérica.

Algunas empresas utilizan estas estrategias para despedir al trabajador y que este no se lleve ninguna indemnización.

¿Qué consecuencias tiene el abandono del puesto de trabajo?

En primer lugar, el trabajador no tendrá derecho a una prestación por desempleo, por lo tanto, no podrá tener derecho al comúnmente llamado paro,

En segundo lugar, el trabajador no tendrá derecho a una indemnización por extinción de la relación laboral, es decir no tendrá derecho a percibir la indemnización que se acostumbra a abonar en los casos de despido objetivo. Sin embargo, si que tendrá derecho a finiquito. Así pues, tendrá derecho a percibir las cantidades ya generadas por el trabajador, pero que no han sido abonadas por la misma empresa, algunas pagas extras, vacaciones que no haya disfrutado (inclusive de otros años), días del mes trabajados que no han sido abonados, etc.

Si es el caso como trabajador que decides abandonar el puesto de trabajo para trasladarte a otra empresa, irte al extranjero, a estudiar, o simplemente terminar la relación laboral, nuestra recomendación es que comuniques por carta haciendo constar el preaviso de 15 días, salvo que el convenio colectivo de aplicación diga lo contrario.

Lo recomendable es avisar a la empresa mediante requerimiento previo con acuse de recibo de la intención de abandonar la empresa, puesto que, si no se comunica, la empresa procederá a dar de baja de la Seguridad Social al trabajador.

En el caso que la empresa notifique mediante carta o bien mediante cualquier otro sistema de comunicación (WhatsApp, correo, etc.)  el despido dirigido al trabajador se recomienda que el trabajador acuda a un abogado especialista en derecho laboral, para poder impugnar dicho despido y darle garantías legales. Además, el tiempo es muy importante, puesto que, desde la comunicación oficial de despido por parte de la empresa, el trabajador tan solo tiene 20 días para impugnar el despido mediante conciliación o demanda.

Contacte con nosotros, y nuestros abogados especialistas en derecho laboral estudiaran su caso concreto. 

En Forcam Abogados disponemos de oficinas en Barcelona, MadridReus.