¿Es un delito el allanamiento de morada en casa habitada?
¿Es un delito?
El allanamiento de morada es un delito realizado al entrar en el domicilio o local de una persona sin su consentimiento o permanecer en él contra su voluntad. Se entiende por morada todo aquel espacio donde una persona física reside o donde una persona jurídica tiene ubicado su domicilio, y que constituyen actividades de la vida privada.
¿Que dice la Constitución Española sobre el Allanamiento de Morada?
La Constitución Española reconoce la inviolabilidad del domicilio: “El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.
¿En qué consiste el delito de Allanamiento de Morada?
El delito de allanamiento de morada se regula en el Código Penal, se establece que la persona que entre en una morada ajena sin habitar en ella, o se mantenga dentro de la misma contra la voluntad del morador (la persona que vive en ese domicilio) será castigado con la pena de 6 meses a 2 años.
¿Qué requisitos son necesarios para que se produzca el delito de Allanamiento de Morada?
-Que la persona que comete el delito entre en el domicilio sin el consentimiento de la persona que vive ahí.
-Permanecer en el domicilio sin el consentimiento del morador.
EJEMPLO PRÁCTICO
Cuando un ladrón o una persona ajena a nuestro círculo íntimo entra en nuestro domicilio particular sin nuestro consentimiento, está realizando un delito de allanamiento de morada. El delito empieza a realizarse desde el momento que la persona ajena no cuenta con nuestro consentimiento para entrar dentro de la propiedad privada, por lo tanto, no siempre es necesario el uso de la fuerza o violencia.
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