Forcam Abogados > Lo Que No Te Han Contado Del Contrato De Alquiler Verbal
Lo que no te han contado del contrato de alquiler verbal
¿Qué es el contrato de alquiler verbal?
El contrato de alquiler verbal es un contrato legalmente reconocido según el artículo 1547 del Código Civil. Este tipo de contrato, tiene ciertas características, que al no encontrarse redactado mediante documento pueden llegar a impedir la responsabilidad al inquilino, incluso en el pago de la renta.
¿Cuál es la fórmula correcta para formalizar un contrato de alquiler?
Si se realiza un alquiler de vivienda, la fórmula ideal es redactar un contrato escrito, ya que si no pueden surgir discusiones legales en el momento que el inquilino se quiera marchar o en el caso de impago de cuotas. Hemos de tener en cuenta que en un contrato de alquiler verbal, el inquilino podrá negarse a pagar los desperfectos ocasionados por el uso de la vivienda o pagar la comunidad, el agua o la luz.
Tampoco se podrá exigir una fecha concreta en cuanto al pago de las mensualidades, ni tampoco una fecha de extinción del contrato. Por eso lo más conveniente es realizar un alquiler con un contrato por escrito y de forma legal.
EJEMPLO
Contacte con nosotros, y nuestros abogados especialistas en derecho inmobiliario estudiaran su caso concreto.
En Forcam Abogados disponemos de oficinas en Barcelona, Madrid y Reus.