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Me han despedido de mi trabajo ¿Debo tener indemnización?

Laboral
Me han despedido de mi trabajo ¿Debo tener indemnización?

Cuando a un trabajador se le comunica el despido, no sabe que hacer, no sabe cómo hacer frente al despido, no sabe si lo debe de impugnar o tiene que acatar las ordenes del empresario. Pues bien, el primer paso es buscar el asesoramiento de un abogado laboralista y actuar rápidamente, es importante hacerlo para la buena resolución del asunto. En este post te lo explicamos todo.

¿Qué tipos de despido existen?

Nos encontramos con el despido objetivo, que es aquel por el que se extingue el contrato de trabajo debido a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Las causas que justifican el despido vienen establecidas en el art. 52 del Estatuto “Extinción del contrato por causas objetivas".

El otro tipo de despido es el despido disciplinario, y es aquel en el que el empresario decide poner fin al contrato debido a un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Su regulación se encentra definida en el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores. 

Otra de las vías de despido es el Expendiente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), se trata de una autorización temporal para que una empresa pueda suspender uno o varios contratos de trabajo durante un tiempo determinado. Mediante el ERTE las empresas estarán exentas de pagar el salario a los trabajadores. 

¿El trabajador tiene derecho a indemnización por el despido?

La indemnización que tiene derecho un trabajador depende del tipo de despido. Con el despido objetivo el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo equivalente a 12 mensualidades. Y en cualquier caso hay que notificárselo al trabajador con un mínimo de 15 días de antelación, sea por la causa que sea.

En el caso de que el despido sea disciplinario, no se tendrá derecho a indemnización. Hemos de recordar que para que la empresa lleve a cabo el despido disciplinario, tiene que ser por una de las causas del art. 54.2 ET, como por ejemplo por falta injustificadas del trabajador, desobediencia en el trabajo, acoso del trabajador, disminución voluntaria del rendimiento del trabajo, abuso de la confianza del trabajador, etc.

No obstante, todo trabajador tiene derecho al finiquito, esto es, las cantidades ya generadas por su trabajo, pero no abonadas por la empresa, normalmente la parte proporcional de vacaciones y pagas extraordinarias.

¿Qué hacer si la empresa me despide como trabajador?

Si la empresa me despide como trabajador se recomienda acudir a un abogado laboralista para recibir asesoramiento jurídico lo más rápido posible para saber si se debe o no impugnar el despido, y para conocer de primera mano la indemnización que tiene derecho a percibir.

Se tendrá que prestar especial atención a la carta de despido, puesto que en la carta de despido se detallan las causas del despido, que puede ser objetivo, disciplinario o colectivo. La empresa tiene la obligación de avisar al trabajador con 15 días de antelación al despido (a excepción del despido disciplinario).

Es importante que la carta de despido esté por escrito, y que la vea un abogado laboralista para comprobar que todo esté correcto, pues es de vital importancia controlar los plazos en derecho laboral, y es qué si la carta está mal redactada o no cumple con todos los requisitos legales, el trabajador se verá beneficiado en la indemnización que le corresponda en el caso de que impugne el despido.

¿Qué hacer si un trabajador no está de acuerdo con el despido?

Es muy importante que el trabajador no firme la carta de despido que le entregue la empresa, también es importante que en la misma carta de despido el trabajador escriba la palabra: “No conforme”. Es la acción más recomendada y la que surtirá mejores efectos para el trabajador en caso de impugnar el despido.

En cuanto al finiquito, se trata de una liquidación de las cuentas pendientes que la empresa tiene con el trabajador, ya sea horas extras, periodos de vacaciones, etc. El finiquito es obligatorio, y el trabajador tiene derecho a percibirlo, tanto si el despido es improcedente como si es procedente.

¿El trabajador puede impugnar el despido y reclamar indemnización?

Si, el trabajador tendrá derecho a reclamar la indemnización que le corresponda por los años trabajados en la empresa. Según si el despido es procedente, o ajustado a derecho, o improcedente, y no ajustado a derecho, el trabajador tendrá una cantidad de indemnización o otra.

El trabajador podrá impugnar el despido ante los Tribunales laborales mediante una demanda judicial de despido. Es importante saber que el trabajador tan solo tendrá 20 días hábiles desde la notificación de su despido para impugnar el despido y reclamar la indemnización que le corresponda.

Contacte con nosotros, y nuestros abogados especialistas en derecho laboral estudiaran su caso concreto. 

En Forcam Abogados disponemos de oficinas en Barcelona, MadridReus.