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Una empresa española me debe dinero. ¿Cómo reclamo la deuda?

Deudas
Una empresa española me debe dinero. ¿Cómo reclamo la deuda?

Para reclamar a una empresa española con éxito desde el extranjero hay que analizar dos cuestiones principales. La primera de ellas es la reserva de jurisdicción. Es decir, si estamos limitados a la hora de ejercitar acciones judiciales contra la empresa. La segunda es el origen de la deuda. Es decir, si existen sistemas de protección o normas procesales especiales.

Atendiendo a estos dos criterios sabremos si podemos o no reclamar desde el extranjero y qué clase de procedimiento aplicar. Aunque cada caso requiere un estudio en detalle, en nuestro artículo de hoy analizamos los requisitos generales para reclamar una deuda desde el extranjero a una empresa española.

Reserva de jurisdicción: ¿puedo reclamar a una empresa española desde el extranjero?

La reserva de jurisdicción supone que ciertos litigios solo puedan dirimirse ante Juzgados y Tribunales predeterminados. Esta puede provenir de la ley o de un acuerdo.

Por ejemplo, cuando la materia objeto de litigio es un bien inmueble, las leyes de competencia judicial internacional tienden a atribuir la competencia a los órganos del Estado donde se encuentra el inmueble. En este caso, si habláramos de una reclamación por derechos reales sobre un inmueble radicado en España tendríamos que presentar la eventual demanda en los Tribunales españoles.

Pero en la práctica mercantil (y cada vez en más contratos privados) es frecuente cerrar el contrato con una cláusula de sumisión jurisdiccional. Estas permiten que las partes acuerden cuál será el Juzgado o Tribunal competente para conocer de los conflictos que surjan de la interpretación o ejecución del contrato.

Por ejemplo, las empresas de Barcelona tienden a establecer una reserva de jurisdicción en favor de los Tribunales de la ciudad de Barcelona. De esta forma, si apareciera cualquier litigio podrían defender sus intereses sin necesidad de desplazarse.

En resumen, lo primero que debemos saber a la hora de reclamar una deuda a una empresa española desde el extranjero es cuál es el órgano jurisdiccional competente, por ello es importante contactar con los mejores abogados en reclamación de deudas en España. Si fuera un órgano extranjero, será en su sede donde deberán presentarse las correspondientes demandas. En caso de ser un órgano nacional, podremos reclamar desde España. Todo ello sin perjuicio de las reclamaciones amistosas o extrajudiciales, que en principio pueden celebrarse en cualquier lugar.

Ámbito material: las normas de protección y las particularidades procesales

Determinado el órgano competente deberemos conocer las normas aplicables al procedimiento. Estas pueden ser las reglas generales, de las que hemos hablado en otros artículos sobre reclamaciones de deuda, a los que remitimos para más información.

Pero en determinadas materias serán de aplicación normas especiales. Es el caso de las reclamaciones de cantidades laborales o en materia de consumo. En estas áreas tiende a haber un desequilibrio entre las partes en conflicto, que las normas de cada Estado tratan de corregir en mayor o menor medida mediante institutos de protección.

¿Cómo reclamo desde el extranjero a una empresa española?

Realizado este estudio preliminar podremos trazar la mejor estrategia a seguir para reclamar a una empresa española desde el extranjero. En primer lugar debemos conocer los instrumentos extrajudiciales a nuestro alcance.

Las soluciones extrajudiciales tienden a ser más rápidas y económicas que el recurso a la jurisdicción ordinaria. Además, frecuentemente son más satisfactorias para una o ambas partes, y en ocasiones incluso son requisito sine qua non para presentar una demanda o, al menos, para gozar de privilegios como la presunción de buena fe.

Dependiendo del área material en la que se enmarque el conflicto podemos encontrarnos con instituciones específicas frente a las que promover la solución extrajudicial del conflicto. Por ejemplo, cortes arbitrales, servicios de atención al cliente o instituciones de diversa índole.

Si la vía extrajudicial resulta insuficiente para resolver el conflicto no quedará más opción que acudir a los Tribunales. En este caso podemos encontrarnos con dos escenarios:

1.- Que los Tribunales competentes sean los del Estado extranjero.

2.- O que sean los órganos jurisdiccionales españoles.

En el primer caso se tendrá que estar a lo dispuesto en la legislación nacional, al menos a nivel procesal. Si bien es cierto que la ley aplicable puede ser la española, y en este caso convendrá contar con la asistencia de abogados españoles especializados en la reclamación de deudas.

En el segundo caso se tendrá que atender a las leyes españolas. Estas permiten que el ciudadano extranjero presente su demanda apoderando a su abogado y procurador, por lo que en la generalidad de los casos no será necesario su desplazamiento al territorio español.

Soluciones extrajudiciales

Al margen de las soluciones extrajudiciales de las que pueda disponer el Estado extranjero (que no variarán sustancialmente de las disponibles en España), las figuras más frecuentes pasan por la negociación, en presencia o no de terceros imparciales.

En el ámbito mercantil es frecuente que las disputas se salden en una mera negociación, aunque cabe la posibilidad de recurrir a mediadores o conciliadores si se necesita apoyo para llegar a un acuerdo.

Otra de las vías más populares de resolución extrajudicial de conflictos es el arbitraje. En este caso será el árbitro quien decida cómo resolver la disputa, por medio de su laudo arbitral. Nótese que, del mismo modo que existen cláusulas de reserva de jurisdicción, también las hay de sumisión a arbitraje. En este caso la vía judicial quedará cerrada, salvo que se deba impugnar el laudo en cuestión.

Soluciones judiciales

El principal problema de las soluciones extrajudiciales es que carecen de fuerza ejecutiva. Por tanto, si la empresa española persiste en su impago terminarán conduciendo al proceso judicial para forzar la ejecución de sus obligaciones.

Cuando el litigio tiene elemento internacional será necesario solicitar el auxilio judicial, lo que se realiza por medio de comisiones rogatorias (con fines de instrucción) y el exequatur de resoluciones (con fines de reconocimiento y ejecución). Lo mismo resultará de aplicación cuando la Sentencia se dicte en el país extranjero pero deba ejecutarse en España.

Esta cooperación internacional será más sencilla cuando los Estados implicados pertenezcan a la Unión Europea o, al menos, tengan convenios en común, como los miembros de la EFTA o firmantes del Convenio n.º 16 de la Haya.

¿Necesita reclamar una deuda a una empresa española desde el extranjero?

Somos abogados especialistas en reclamación judicial y extrajudicial de deudas. Estamos familiarizados con las reclamaciones internacionales y somos referente en materia de reclamaciones de elevada cuantía. De modo que podemos ayudarle si necesita reclamar una deuda a una empresa española sin desplazarse a nuestro territorio.


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