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Revocación de custodia compartida por horarios laborales

Familia
Revocación de custodia compartida por horarios laborales

En este artículo, nuestros abogados especialistas en derecho de familia, analizan la reciente sentencia dictaminada por la Audiencia Provincial de Badajoz, donde se sentencia en base a unos hechos muy comunes, como son las jornadas laborales poco flexibles y hasta altas horas de los trabajadores que se dedican al sector de la restauración.

La sentencia da un paso más en la jurisprudencia de estos casos concretos, y dictamina como conclusión, que no es compatible ostentar la guardia y custodia compartida de dos menores de edad, de un progenitor que es camarero, dado que no se puede garantizar el bienestar de los menores debido a las exigencias horarias de la jornada laboral.   

El conflicto por los niños

En un primer momento el juzgado de primera instancia dictaminó que el régimen de custodia debía de ser en régimen de compartida. No obstante, la madre de los niños apeló a que el padre biológico no podía cumplir con las obligaciones que se establecían en el régimen de custodia compartida, dado que tenía horarios inflexibles, como los típicos de los sectores de la restauración.

En la apelación formulada por los abogados de la madre de los niños, se apela que los menores no han asistido al colegio porque el padre se ha quedado dormido debido a los horarios nocturnos que requería su trabajo de camarero. Añadir, que del informe psicológico que se adjuntaba, el mismo informe aconseja la guardia y custodia individual a favor de la madre, debido a los difíciles horarios con los que contaba el padre.

Resolviendo el recurso, la Audiencia Provincial decide fallar a favor de la revocación de la guardia y custodia compartida, e imponer una guardia y custodia individual a favor de la madre, condenando al progenitor paterno al pago de una pensión de alimentos de 150 euros por cada hijo.  

La situación de los hijos menores

Los hijos menores en el informe psicológico realizado por la trabajadora social manifestaron que su voluntad era estar más tiempo con su progenitor paterno, pero que eran conscientes que su padre tenía un trabajo duro y que entendían la situación del sector de la restauración.

En las conclusiones del informe psicológico de la trabajadora social, se establece que con el cambio de custodia en régimen individual, los niños vivirán en un entorno plenamente satisfactorio. Tenemos que tener presente, que en los procesos de derecho de familia, siempre prevalece el interés del menor como bien jurídico a proteger.

Las conclusiones de la Audiencia Provincial

El progenitor paterno defiende que es totalmente capaz de cuidar de los dos hijos menores de edad, disponiendo de la suficiente autonomía para poder compaginar el trabajo de camarero con las obligaciones paternas a desarrollar.

No obstante la Audiencia Provincial después de estudiar los horarios laborales del padre, decide que no se podrá hacer cargo de la custodia compartida de los dos hijos menores. 

El Tribunal añade, que cabe atenerse al estado presente de las situaciones, y no a los hechos que pueden ser constitutivos en el futuro, dado que los mismos pueden llegar a ocurrir o no.

En conclusión, la Audiencia Provincial dictamina que no se puede sentenciar en base a lo que sucederá en el futuro, y por tanto, dado que la situación presente es la que es, decide otorgar la guardia y custodia individual a favor de la madre.



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