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¿Los abuelos pueden cuidar de los nietos después del divorcio?

¿Los abuelos pueden cuidar de los nietos después del divorcio?

¿PUEDEN LOS ABUELOS DISFRUTAR DE LOS NIETOS DESPUÉS DE UN DIVORCIO?

“resultaban perjudiciales para el padre, puesto que cualquier contacto con la madre le provocaba ansiedad”

Es una de las dudas que nuestros clientes del despacho nos hacen a menudo en un divorcio, sobretodo por el interés destacado en saber si los abuelos de parte materna o paterna se pueden hacer cargo de sus nietos, y que régimen jurídico tienen en nuestro sistema legislativo.

Pues bien, en nuestro ordenamiento jurídico, concretamente en el art. 160.2 del Código Civil, se declara el derecho del menor a relacionarse con sus parientes, incluyendo esto de forma expresa a hermanos y abuelos, mientras no haya una justa causa que impida esto.

Por lo que será el juez que conozca del caso el que tendrá que estudiar las circunstancias concretas para determinar que concurre causa suficiente para que se prive al menor de la visita de otros parientes, siempre teniendo como guía el interés superior del menor.

Jurisprudencialmente, existen en España multitud de sentencias que hablan de esta búsqueda de reconocimiento del derecho de visita por parte de los abuelos.

El Tribunal Supremo, en una de ellas, establece un régimen de visitas entre abuela y nieto, antes denegado por la Audiencia Provincial de Valencia alegando que las visitas “resultaban perjudiciales para el padre, puesto que cualquier contacto con la madre le provocaba ansiedad”.

El Tribunal se basaba aquí en la implicación de la figura de los abuelos en la crianza del menor, su proximidad y la bondad que la misma conlleva para el niño.

Como vemos, la figura de los abuelos es importante en la educación de sus nietos, y por lo tanto un elemento esencial y a tener en cuenta en establecer el régimen de visitas en la guarda y custodia entre cónyuges.


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