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Cómo pedir una orden de alejamiento por maltrato de pareja
El maltrato de pareja es un tipo de violencia entre personas de una misma pareja. En España el maltrato más habitual es la violencia de género, aunque también existen otros tipos de maltrato, como es la violencia doméstica.
La violencia de género es un tipo de violencia machista que se produce por maltrato en la pareja a través de acciones violentas dirigidas a una de las personas que forman parte de la pareja, o que de forma anterior hubieran tenido una relación de pareja, y que la víctima principal que sufre el maltrato sea la mujer. También se podría dar en aquellos casos en los que la víctima de la violencia sea un menor de edad, y que el maltratador tenga vínculos directos con la víctima menor.
Cuando una mujer es victima de violencia de género, es necesario que cuente con medidas de protección para evitar que vuelva a ocurrir, y para protegerle frente al agresor. Una de las medidas de protección más conocidas, y que mayores efectos surge para proteger a la mujer que ha sido víctima de maltrato, es la orden de alejamiento.
En el presente artículo obtendrá información acerca de la orden de alejamiento, de como denunciar la violencia de género sufrida y solicitar una orden de alejamiento, y de las medidas de protección alternativas para proteger los intereses de la mujer maltratada.
¿Qué es una orden de alejamiento?
Se trata de una medida de protección a las víctimas de maltrato, tal y como establece el art. 544 bis LECrim, y consiste en la protección que se otorga a aquella mujer que hubiera sido víctima de violencia de género, prohibiendo que el maltrador se acerce a la mujer maltratada, a una determinada distancia, que será calculada en metros o kilómetros según establezca el Juzgado de Violencia de la Mujer competente, o el Juzgado de Guardia.
Ahora bien, es importante que las víctimas conozcan cómo poder solicitar la orden de alejamiento por maltrato de pareja. A continuación, expondremos la forma de conseguir que se implante dicha medida de protección y seguridad.
En la orden de alejamiento recogida en el art 544 bis de la LECrim se van a establecer únicamente medidas penales para aquellas personas que hayan incurrido presuntamente en alguno de los delitos mencionados en el artículo 57 del código penal. Una de las medidas que pueden acordarse en base a la comparecencia celebrada en base a ese artículo es precisamente la orden de alejamiento. Dicha comparecencia se celebrará tras la preceptiva denuncia acompañado de un abogado experto en maltrato de pareja y no es necesario que a ella asista el presunto agresor. La medida de protección penal puede adoptarse sin que esté presente el agresor.
Si la medida cautelar impuesta es quebrantada, es decir, que el agresor incumpla con la medida de proteccción acordada, la misma puede endurecerse, convocándose a una nueva comparecencia pudiendo solicitar el Ministerio Fiscal o el abogado de la acusación particular de la víctima medidas más duras y restrictivas para la situación personal, incluso la prisión provisional.
La orden de protección del artículo 544 ter de la LECrim, fue pensada para las víctimas de violencia de género. La persona beneficiaria de dicha medida siempre será una mujer. En la comparecencia que se señala para su adopción deben estar presentes tanto la presunta víctima, con su abogado, así como el presunto agresor.
¿Cómo pedir una orden de alejamiento por maltrato de pareja?
Para que un juez conceda esta medida de protección, este valorará si es necearia en función del riesgo y peligro que pueda conllevar para la víctima de maltrato de pareja, estar cerca del agresor.
Si ha sido víctima de violencia de género es altamente recomendable que le asista un abogado experto en maltrato de pareja, para que pueda solicitar lo más pronto posible una orden de alejamiento, y las medidas de protección necesarias para proteger a la víctima maltratada.
¿Cuáles son los pasos a seguir para solicitar una orden de alejamiento?
Lo primero de todo es presentar una denuncia ante la policia o una querella ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Siendo en este mismo trámite, aconsejable contar con la asistencia de un abogado, para que le pueda asesorar en todo momento, y obtenga mejores resultados en la tramitación tanto de la orden de protección, como del posible procedimiento penal para parar el maltrato hacia la víctima.
Será necesario que la persona afectada tenga pruebas que corroboren el maltrato sufrido por su pareja, pudiendo ser tanto fotografías, como testigos, grabaciones, mensajes de WhatsApp, correos electrónicos, etc.
Más adelante, y siendo su tramitación urgente, se investigará la comisión del posible delito de violencia de género.
Tras la declaración de la víctima en sede policial y en los Juzgados competentes, acompañada de su abogado, se procederá a realizar el trámite de audiencia para resolver sobre la solicitud de orden de alejamiento, tras esto, el Juzgado emitirá un Auto en base a las pruebas y declaraciones realizadas, para dictaminar sobre si procede o no dictar orden de alejamiento o de las medidas de protección necesarias para proteger a la victima.
Finalmente, se notificará la orden de alejamiento al acusado, sobre la medida de protección acordada.
La distancia de una orden de alejamiento variará según la gravedad del caso y dependiendo de las circunstancias de la víctima y del agresor.
¿Cuánto se tarda en conseguir una orden de alejamiento?
El tiempo que se tarda en conseguir dicha medida de protección dependerá de diferentes circunstancias, ya sea la complejidad del asunto, la urgencia del trámite o la tardanza del propio Juzgado.
Por norma general, el Juzgado dictiminará la orden lo más pronto posible, siendo este, un asunto de máxima urgencia, para garantizar que la víctima de maltrato de pareja no corra ningún peligro ni ningún tipo de riesgo.
¿Qué pruebas son necesarias para conseguir una orden de alejamiento?
Será importante aportar todo lo que la víctima tenga a su disposición, como por ejemplo mensajes de WhatsApp, Instagram, correos electrónicos, grabaciones, audios, testigos que hayan presenciado una situación de maltrato en la pareja, fotografías incriminadoras, etc.
Además, tanto la policia como el propio Juzgado se encargarán de llevar a cabo la investigación para obtener cuantas pruebas sean necesarias del maltrato de pareja. Así por ejemplo, se encargan de revisar los antecedentes penales del agresor, de las denuncias que se hayan interpuesto con anterioridad contra él, de los procedimiento penales anteriores, etc.
También se puede aportar el listado de llamadas o conversaciones entre el presunto agresor y la víctima que ha sufrido maltrato.
Cuantas más pruebas hayan del maltrato de pareja, será más fácil que tanto el Juzgado como el Juez competente apruebe la solicitud de una orden de alejamiento, y el procediimento penal siga su curso respecto al posible maltrato hacia la víctima.
¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir con una orden de alejamiento?
La orden de alejamiento es de obligado cumplimiento, ya sea una pena o una medida cautelar. Por ello, el incumplimiento de dicha medida supondrá para el agresor un delito por quebrantamiento de condena, tal y como se tipifica en el artículo 468 del Código Penal.
Por lo tanto, incumplir dicha medida supondrá una pena de multa que oscilará entre los 12 y los 24 meses.
Ahora bien, si se aplicara dicha medida en situaciones excepcionales recogidas en el artículo 173.2, la pena será de prisión de 6 meses a 1 año.
La solicitud de una orden de alejamiento es una medida de protección que ofrece la máxima protección legal a la víctima, con el objetico principal que el agresor no se acerque a la víctima hasta la distancia establecida por el juez.
Para solicitar dicha medida de protección y seguridad, se podrá acudir por diferentes vías. Se puede solicitar ante un juez, ante el fiscal, ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, ante los Juzgados de Guardia, ante la policía nacional, etc.
Dicha medida, proporciona mayor tranquilidad a la víctima para evitar verse con el agresor.
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