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¿Cómo constituir una empresa en España?

Mercantil
¿Cómo constituir una empresa en España?

Saber cuándo y cómo constituir una empresa en España es fundamental para garantizar el éxito y crecimiento del negocio. Sin embargo, existen muchas dudas en torno a este procedimiento.

Entendemos que estas dudas parten principalmente del gran número de formas jurídicas que podemos aportar a nuestro negocio en España. De modo que el proceso de creación de la empresa comienza, irremediablemente, en un estudio sobre las necesidades del proyecto y las características específicas de cada figura legal.

Hablar de cada forma jurídica, sus ventajas, inconvenientes y requisitos requeriría de un artículo especializado para cada uno de ellas. De modo que vamos a referir sus características esenciales, remitiendo a los lectores a las correspondientes entradas donde detallemos estos extremos, y a explicar los pasos que en general debe dar el emprendedor para dotar a su negocio de una estructura legal.

El proceso de creación de la empresa

Los pasos principales en el proceso de creación de la empresa incluyen la confección de un plan de empresa y la elección de su forma jurídica. Posteriormente se deberán cumplimentar los trámites que señalamos más adelante en este artículo.

Plan de empresa

Como cualquier proyecto a medio/largo plazo, el emprendedor debe realizar un plan de empresa para comprobar la viabilidad de su proyecto. Todo plan de empresa incluye una parte económica, destinada a evaluar el mercado y la competencia, así como las posibilidades financieras del proyecto. Pero también incluye una parte estrictamente legal, orientada a conocer las formas jurídicas disponibles, la más apropiada para la actividad y el conjunto de normativa aplicable en el sector.

En esta primera etapa es recomendable contar con la asistencia de abogados expertos en constitución de empresas, ya que:

  • Podrán ayudar al emprendedor a elegir su forma jurídica.
  • También le asesorarán en materia de cumplimiento normativo, indicándole las normativas aplicables generales (protección de datos, consumo, contratación mercantil...) y específicas (que dependerán de cada sector).
  • Regularán las relaciones entre los socios, cuestión de vital importancia para garantizar un comienzo firme al proyecto. En este sentido destacan los pactos de socios, los Estatutos societarios y los planes de incentivos.

La elección de la forma jurídica

Una vez se determinen los elementos esenciales del proyecto se podrá elegir la forma jurídica más apropiada. Por la diversidad de figuras existentes en nuestro ordenamiento nos limitamos a realizar una enumeración, dejando para futuras entradas la profundización en cada una de ellas:

  • Agrupación de interés económico.
  • Autónomo o empresario individual.
  • Comunidad de bienes.
  • Cooperativa.
    • De trabajo asociado.
  • Emprendedor de responsabilidad limitada.
  • Fundación.
  • Sociedad:
    • Agraria de transformación.
    • Anónima.
    • Civil.
    • Colectiva.
    • Comanditaria (simple o por acciones).
    • De capital riesgo.
    • De garantía recíproca.
    • De responsabilidad limitada.
      • De formación sucesiva.
      • Nueva empresa.
      • Laboral.
    • Profesional.

Trámites comunes para la creación de empresas en España

Como ya hemos indicado, cada caso debe estudiarse por separado. Y es que cada forma jurídica se acoge a sus propios requisitos y dispone de un proceso de constitución particular. Sin embargo, a rasgos generales será necesario:

Elegir un nombre disponible

Cuando no sea necesario inscribir la forma jurídica en el Registro Mercantil no se nos exigirá certificación que acredite su disponibilidad, pero el hecho de que ya esté en uso traerá futuros problemas, tanto en materia de competencia como de registro y protección de activos intangibles.

Abrir una cuenta bancaria

En su caso servirá para depositar el capital social. Pero si este no es imprescindible durante el proceso de constitución, la cuenta todavía resultará útil para centralizar la operativa de la entidad y el pago de impuestos.

Elaborar los Estatutos sociales

Los Estatutos sociales son necesarios para la mayoría de formas jurídicas. Pero, de nuevo, incluso cuando el proyecto empresarial no dependa de su formalización en escritura pública será importante disponer de unas reglas de organización.

Escriturar la entidad

En la mayoría de los casos deberemos aportar los documentos generados (certificación negativa del Registro Mercantil, certificación de depósito bancario, Estatutos sociales y DNI o NIE) al Notario. Con esta información podrá levantar escritura pública.

Obtener el NIF provisional

El siguiente paso será solicitar el NIF provisional en la AEAT, mediante el modelo 036. Si vamos a desarrollar la actividad como autónomos también necesitaremos presentar este modelo, no para solicitar el NIF provisional sino para darnos de alta en el censo de retenedores y empresarios.

Inscribir la empresa

Con el NIF provisional podremos acudir al Registro Mercantil, donde inscribiremos la empresa. Tras realizar este trámite podremos solicitar el NIF definitivo, pudiendo comenzar a desarrollar la actividad con todas las garantías.

Otros trámites adicionales

Aunque los trámites previos son imprescindibles en prácticamente cualquier caso, existen gestiones adicionales que aportarán seguridad jurídica a la empresa. Sobre estos hablamos en otros artículos, pero a modo de resumen son:

  • Registro de activos intangibles. Los activos intangibles representan una de las principales fuentes de riqueza de las empresas desarrolladas. Por eso es importante registrar nuestras marcas y signos distintivos. De hecho, la inscripción en el Registro Mercantil no supone protección en materia de Propiedad Intelectual, por lo que deberíamos añadir esta capa de protección adicional.
  • Análisis de riesgos. Desde 2010, las personas jurídicas en España son susceptibles de condena en concepto de responsabilidad penal. Sin embargo, los programas de compliance no solo ayudan a minimizar riesgos, sino que permiten la atenuación de estas condenas e incluso la exoneración de la responsabilidad penal de la organización. De modo que conviene implementar este tipo de sistemas en cualquier organización.
  • Asesoría legal integral. Existen otras áreas donde conviene que la empresa cuente con la asesoría de abogados especialistas en derecho de empresa. Entre ellas destacan el sector laboral y el fiscal, que representan dos de los sectores más costosos y arriesgados para cualquier compañía. Además, la asesoría preventiva ayuda a optimizar la organización y reducir riesgos, mediante la implantación de protocolos como los dedicados a la protección de datos o a los de secretos empresariales. Y todo ello sin olvidar los diferentes registros o protocolos que obligatoriamente debe implantar la empresa, como los de igualdad, salarios o control de jornada.

En definitiva, toda empresa debería contar con asesoramiento jurídico integral para cubrir todos los riesgos y oportunidades que aparezcan en su operativa corriente.

Contacta con nosotros al Tel. 936 26 49 49, o envíanos un correo electrónico a info@forcamabogados.com y nuestros abogados expertos en creación de empresas estudiarán su caso concreto.

Asesoramos a clientes nacionales e internacionales para crear empresas en España. Contamos con:

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