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¿Qué derechos tienen los trabajadores ante el coronavirus?

Laboral
¿Qué derechos tienen los trabajadores ante el coronavirus?
En medio de la crisis del coronavirus son muchos los trabajadores que tienen dudas sobre sus derechos laborales y sobre las medidas que están tomando sus empresas, o pueden llegar a tomar en los próximos días. ¿Qué son los ERE Temporales (ERTEs)? ¿Las empresas pueden obligar a coger vacaciones a los trabajadores? ¿Pueden obligar a los trabajadores a teletrabajar? ¿Las empresas tienen que equipar de material a los trabajadores que trabajan en casa? Estas y otras preguntas serán resueltas en este nuevo post.

¿Las empresas pueden obligar a coger vacaciones a los trabajadores?

Tal y como comentan nuestros abogados laboralistas las empresas no pueden obligar a los trabajadores a coger vacaciones en un período determinado de tiempo. Así pues, las empresas no pueden aprovechar el momento de crisis actual en que se encuentra el país por el coronavirus, para obligar a los trabajadores a coger vacaciones. 

El artículo 38 de la ET fija las vacaciones en una duración mínima de 30 días naturales al año de forma retribuida y sin que puedan ser sustituidas por compensación económica. Las vacaciones también pueden pactar mediante convenio colectivo o contrato individual de trabajo.

Cuando la empresa elabora el calendario anual de vacaciones debe comunicar al trabajador, al menos con dos meses de antelación, de las fechas exactas que los trabajadores podrán hacer vacaciones. Este calendario debe ser notificado al trabajador.

Otra opción es que el trabajador proponga las fechas exactas en las que se cogerá las vacaciones, en este caso la empresa podrá aceptar o no. Las vacaciones se deben decidir de común acuerdo entre trabajador y empresa, en caso de no haber acuerdo sobre la fecha será la jurisdicción competente la que decida la fecha.

Por lo tanto, ni el trabajador puede imponer sus vacaciones ni lo puede hacer la empresa, con las consecuencias que ambas cosas suponen, por lo que tanto empresa como trabajador se deben poner de acuerdo y establecer la fecha de las vacaciones.

Pero en ningún caso, los trabajadores estarán obligados a coger las vacaciones en este momento por la crisis del coronavirus.

¿Qué son los EREs temporales?

El Expendiente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) es una autorización temporal para una empresa mediante la que puede suspender uno o varios contratos de trabajo durante un tiempo determinado. Por lo tanto, mediante un ERTE las empresas estarán exentas de pagar el salario a los trabajadores.

Tal y como nos comentan nuestros abogados especialistas en derecho laboral, ante un ERTE, los trabajadores seguirán vinculados a la empresa, pero estos no percibirán salario alguno por parte de la empresa, tampoco generarán derecho a vacaciones ni a pagas extraordinarias.

¿Ante un ERE Temporal el trabajador formará parte de la empresa?

Ante un ERE Temporal la empresa tendrá que seguir manteniendo a los trabajadores dados de alta a la Seguridad Social y pagar el 100% de las cuotas de su aportación. Por lo tanto, los trabajadores seguirán formando parte de la empresa, si bien no percibirán el salario por parte de la empresa.

¿Los trabajadores están obligados a teletrabajar?

Los trabajadores no tienen ninguna obligación de trabajar en casa o teletrabajar, a excepción de que exista previo acuerdo entre trabajadores y empresa sobre el trabajo a realizar. Así pues, en el caso que una empresa decide cerrar su negocio, los trabajadores pueden negarse a trabajar desde casa, y además la empresa está obligada a abonar el salario mensual del trabajador como si estuviera trabajando. 

Por lo tanto, en la mayoría de los casos, si los trabajadores están teletrabajando desde su casa es por voluntad de estos.

¿La empresa debe facilitar el material necesario para teletrabajar?

La empresa debe facilitar el material necesario para teletrabajar o trabajar en casa, a excepción de qué exista un acuerdo previo entre trabajadores y empresa sobre el modo y materiales a utilizar en el teletrabajo. Así pues, en principio, y tan solo en el caso de que no exista acuerdo previo entre empresa y trabajadores, la empresa facilitará el ordenador portátil y otros materiales a los trabajadores para trabajar en casa.

¿Los trabajadores se pueden negar a ir a trabajar a la empresa para evitar al contagio de coronavirus?

Los trabajadores se pueden negar a ir a trabajar a la empresa para evitar el contagio de coronavirus, siempre y cuando la empresa no cumpla con las medidas suficientes de seguridad y/o protección para proteger a los trabajadores que se encuentren en la empresa del riesgo de contagio del coronavirus. Y así lo establece el articulo 21 de la ley de riesgos laborales, precepto que podrá ser utilizado por los trabajadores en el caso de que la actividad laboral implique un riesgo grave e inminente para su vida o salud.

Contacte con nosotros, y nuestros abogados especialistas en derecho laboral estudiaran su caso concreto. 

En Forcam Abogados disponemos de oficinas en Barcelona, MadridReus.